Petición con fecha de publicacion 2025-11-13
Asunto:
Derecho de petición
Wendy Yulieth Rodríguez Marulanda, actuando en nombre propio, como
estudiante del programa de licenciatura en artes visuales domiciliada en el la
ciudad de Pereira, identificada con cédula de ciudadanía número
CC.1.193.035.431, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo
23 de la constitución política de Colombia y con el lleno de los requisitos del
artículo 5 del código de lo contencioso administrativo ley 1437 de 2011,
respetuosamente me dirijo a ustedes para solicitarles una petición con base en los
siguientes fundamentos fácticos:
HECHOS
1) Soy estudiante de la licenciatura en Artes Visuales, tengo más del 75% de
créditos requeridos para la presentación de las pruebas ECAES.
2) El día 27 de Marzo del presente año envié un correo electrónico desde
artesvisualescan@utp.edu.co solicitando información para presentar las
pruebas ECAES, las cuales necesito para acceder al grado del programa
que cursó. Al cual me responden que las pruebas ya pasaron para el primer
semestre y que debo estar pendiente en la página del icfes para el segundo
semestre.
3) El viernes 3 de junio de los corrientes, recibo un mensaje de parte de la
facultad, suministrando toda la información sobre los ECAES para presentar
los mismos en el segundo semestre; al revisar la información en la página
del icfes y cómo no encuentro la manera de hacer el pago, envío un correo
a la oficina de artes visuales solicitando información sobre este
procedimiento dónde indico lo siguiente: “Erika buenos días te escribo para ver
sí me puedes asesorar en cuanto a la inscripción en el exámen ECAES, estuve
revisando la página y encuentro que el valor es de $170.000 para instituciones
públicas y que el 21 de junio hay una fecha en que las instituciones inscriben a los
estudiantes, pero no entiendo bien cómo funciona, dónde puedo hacer el pago, a
ver sí me puedes ayudar con eso por favor. Muchas gracias, cualquier información
me sirve.”
El mismo día, recibo respuesta a la información requerida en los siguientes
términos: “Wendy buenos días, el sistema ya se encuentra habilitado para realizar
la solicitud, para la preinscripción para la pruebas Saber pro 2025-2; envié un
correo con la información y el paso a paso para continuar con el proceso.
La Universidad realiza un pago global para el segundo semestre; únicamente a
quienes hayan realizado la inscripción de acuerdo al instructivo y sean reportados
por el Programa.”
4) Recibo el instructivo de preinscripción por el portal estudiantil vía correo
electrónico y procedo a realizar el procedimiento de acuerdo a lo que se me
indica, incluso, con miedo de no quedar registrada correctamente envío un
correo electrónico para la verificación para estar segura ya que es un
requisito indispensable para la graduación.
Para ello el viernes 6 de junio de 2025 a las 9:46 am envío un correo desde
artesvisualescan@utp.edu.co que contiene lo pertinente a mi inquietud
sobre en ECAES en los siguientes términos: “Buenos días erica cómo estás?
ya hice la solicitud cómo me indicaste en el portal pero no me aparece en
solicitudes enviadas, ¿debe aparecer? o cómo confirmo que ya se hizo la solicitud
efectivamente?...”
Correo del cual me llega respuesta el 10 de junio mencionando lo siguiente:
“Wendy buenos días, al realizar la solicitud para el Ecaes; nos la reportan
directamente al programa y ya se continua con el proceso, por favor estar atenta al
correo institucional, donde se envían las instrucciones para la respectiva
inscripción.”
5) El 11 de Junio realice la inscripción correctamente por el portal estudiantil
cómo me habían indicado en el correo y en el instructivo, esta vez, me
aseguré de que en solicitudes me apareciera cómo enviada. En esa fecha
me encontraba dentro del rango entre 03 y 13 de junio que corresponde a
las fechas de inscripción.
6) Estuve constante e insistentemente asistiendo a la oficina de la Lic en Artes
Visuales consultando sobre este proceso y me informaron que el día 24 de
Octubre del presente año llegará un correo con la información pertinente a
la inscripción. Sin embargo el viernes 24 de Octubre no me llegó ningún
correo de confirmación o instructivo.
7) El lunes 27 de Octubre en horas de la mañana llamo a la oficina de la Lic.
en Artes Visuales a confirmar la información y a consultar por qué no me
había llegado un correo electrónico de confirmación o de información para
los ECAES, donde me confirman que efectivamente no me encuentro
registrada en la lista de los estudiantes que van a presentar la prueba
porque no les enviaron ningún reporte de mi inscripción.
8) El 27 de Octubre envío un correo electrónico en horas de la tarde dirigido a
registro y control, el maestro rubén director del programa y a la oficina de
artes visuales contando que en la oficina no recibieron información sobre mi
inscripción y que por ende no puedo realizarla este año sino que debo
esperar hasta el siguiente porque no hay nada más que se pueda hacer,
situación que me consterna puesto que todo el año estuve constantemente
preguntado sobre la misma.
9) Pretendo conocer los motivos por los cuales no se hizo el debido reporte a
la oficina de Artes Visuales sobre mi inscripción en el momento en que hice
el proceso de preinscripción cómo me indicaron por el portal estudiantil.
PRETENSIONES
1) Les solicito responder a este derecho de petición resolviendo cada solicitud
punto por punto y no de manera general teniendo en cuenta el artículo 16,
parágrafo único de la ley 1437 de 2011 que reza:
PARÁGRAFO. La autoridad tiene la obligación de examinar integralmente la petición, y en
ningún caso la estimará incompleta por falta de requisitos o documentos que no se encuentren dentro
del marco jurídico vigente y que no sean necesarios para resolverla.
2) Solicito que se me dé una respuesta oficial sobre qué funcionario o
dependencia de la facultad omitió realizar su trabajo de incluirme en la lista
de estudiantes que presentan las pruebas ECAES en el 2025-2.
3) Se me respete el derecho constitucional a la educación y realicen una
inscripción extemporánea ante el Icfes, puesto que yo cumplí con la carga
como estudiante de realizar la preinscripción en el término establecido.
Garantizando que pueda presentar dicha prueba con la mayor prontitud.
FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE SUSTENTAN MI PETICIÓN.
●
Artículo 29 de la constitución política que establece lo siguiente: “ ARTICULO 29. El
debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.
Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o
tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.
En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la
restrictiva o desfavorable.
Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea
sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante
la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar
pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no
ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso”
NOTIFICACIÓN.
El suscrito recibirá notificación en la dirección: Carrera 21# 21-27, en el correo
electrónico wendy.rodriguez@utp.edu.co y en el teléfono: 3245709178
Cordialmente,
Wendy Yulieth Rodríguez Marulanda
CC.1.193.035.431
Respuesta con fecha de publicacion 2025-12-02
Estudiante
Wendy Yulieth Rodríguez Marulanda
Cordial saludo
1 Es necesario recordar que de acuerdo con el Decreto 3963 de 2009, el cual reglamenta los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior (Saber Pro), y con las orientaciones emitidas por el ICFES, la inscripción y presentación de las pruebas Saber Pro es responsabilidad directa del estudiante, quien debe realizar el proceso de registro e inscripción dentro de los plazos establecidos y verificar el estado de su trámite a través de los canales oficiales de dicho instituto.
En su caso particular, se verificó que usted realizó la solicitud de preinscripción a través del Portal Estudiantil de la Universidad Tecnológica de Pereira dentro del periodo establecido. No obstante, al momento de consolidar los listados para el cargue en la plataforma PRISMA del ICFES (1 de julio), su nombre no figuraba en los listados descargados del sistema institucional, situación que se encuentra debidamente soportada con los registros fechados.
Posteriormente, se encontró en el Portal Estudiantil, una fecha de registro del 11 de junio, no reflejada en la base institucional de preinscritos. Cabe precisar que, conforme a los procedimientos internos, una vez la Universidad realiza el cargue de la información, el ICFES es la única entidad competente para generar las claves de acceso y validar la inscripción de los estudiantes.
Así mismo, se resalta que durante el periodo comprendido entre julio y octubre no se recibió solicitud ni comunicación de su parte para verificar el estado de su registro o reportar la no recepción del correo del ICFES.
2 Por tanto, conforme a la normativa vigente y los procedimientos institucionales, no recae responsabilidad sobre la asistente del programa, dado que esta cumplió oportunamente con el proceso de revisión y cargue de listados según los registros oficiales disponibles.
Recomendamos, en adelante, verificar el estado de su registro directamente con el ICFES dentro de los plazos establecidos, así como mantener comunicación con la Dirección del programa ante cualquier eventualidad que pueda afectar procesos académicos o administrativos.
3 Sin embargo, nos complace informarle que el ICFES ha activado de nuevo las inscripciones para la presentación de las pruebas Saber Pro, desde el 1 de diciembre, y hasta el 14 de enero de 2026.
Finalmente, le expresamos nuestra disposición para atender sus solicitudes o necesidades de apoyo en este nuevo proceso de inscripciones.
Atentamente,
Rubén Darío Gutiérrez A.
Director Licenciatura en Artes Visuales